Más exigencias de la Receita Federal

La reducción del tipo de cambio, genera interesantes proyecciones respecto de exportaciones de Argentina a Brasil. Este hecho podría generar por parte de Brasil, la instauración de barreras no arancelarias que dificulten o incluso impidan los procesos de importación, sostiene un informe del Center Group.


En los últimos días, los despachantes de aduanas que operan del lado brasileño, fueron avisados acerca de que la Receita Federal de Brasil se pondría más rígida en relación a la aplicación del Decreto (ejecutivo) Nº 4.543.En términos generales este decreto establece los datos que, obligatoriamente, tienen que constar en la factura emitida por el exportador. El no cumplimiento de la norma, puede generar multas al importador, que en este caso, serían generadas por “culpa” del exportador, lo que por otra parte traería una controversia en relación con quien es el que asume el pago de la multa. Para evitar este tipo de dificultades entre exportador e importador, es que el trabajo reproduce los datos que la normativa establece como obligatorios.

DECRETO (EXECUTIVO) Nº 4.543, DE 26 DE DEZEMBRO DE 2002 Decreto (ejecutivo) Nº 4.543 del 26 de diciembre de 2002.

Reglamenta la administración de las actividades aduaneras y la fiscalización, el control y la tributación de las operaciones de comercio exterior).

1.1. Datos Completos del Exportador (nombre, dirección, contacto); 1.2. Datos Completos del Importador (nombre, dirección; contacto); 1.3. Número y fecha de emisión de la Factura; 1.4. Descripción detallada de las mercaderías en portugués o idioma oficial (si fuera en otro idioma diferente del portugués deberá ser enviada la traducción); 1.5. Cantidad de cada ítem; 1.6. Marca, numeración y número de referencia de los volúmenes (si fuera el caso) 1.7. Cantidad y tipo de volúmenes 1.8. Peso bruto total de los volúmenes 1.9. Peso neto de cada ítem y total 1.10. País de origen (lugar de producción) 1.11. País de adquisición (se considera así al país del cual se compró la mercadería para ser exportada a Brasil) 1.12. País de procedencia (se considera así al país en el cual estaba la mercadería antes de ir a Brasil) 1.13. Precio unitario y total por ítem. Si fuera el caso, informar el monto y la razón de posibles descuentos concedidos al importador. 1.14. Flete y demás gastos relativos a las mercaderías descriptas en la factura. Obs.: Para mejor interpretación se solicita que estén por separado los valores FOB y Flete, para ser sumados al final de la factura. 1.15. Valor total de la Factura e Incoterm negociado 1.16. Condiciones y moneda para pago 1.17. Tipo de Transporte; 1.18. Si el fabricante no es el exportador, es necesario informar los datos completos del fabricante. 1.19. Firma y Sello del Exportador , incluyendo nombre legible y cargo 1.20. NCM – Nomenclatura Común del MERCOSUR.

Observaciones:

+ La factura deberá enviarse al menos en dos vías , siendo una de ellas la original
+ Las correcciones hechas en la factura deberán estar autenticadas por el exportador.
+ Las descripciones deberán estar acompañadas de traducción al portugués.


Gustavo y Germán Segré