Embalajes de Madera con Certificado de Fumigación

A partir del 1º de Setiembre de 2005, todos los procesos de importación donde los embalajes sean de madera o contengan partes este material, deberán tener Certificado de Fumigación emitido en el puerto de origen del país del fabricante exportador. Será indispensable su presentación durante el acto de descarga en el puerto de destino (Brasil) para el órgano responsable: MINISTÉRIO DA AGRICULTURA - BRASIL, en puertos - aeropuertos - fronteras y Estación Aduanera del Interior (EADI).


El Certificado de Fumigación deberá ser original, firmado por órgano competente y registrado en el país de origen de la mercadería, atendiendo los requisitos pré-establecidos en acuerdos comerciales firmados bilateralmente. El Certificado que no contemple estas exigencias no será aceptado por la Fiscalización, implicando atraso en el proceso de liberación de la mercadería, pudiendo los órganos correspondientes exigir separación física de mercadería/embalaje y pudiendo también pedir remoción de mercadería, para incineración del embalaje de madera. Recordamos que el no cumplimento de esta reglamentación implicará la incineración obligatoria de todos los embalajes de madera después de la llegada de mercadería en destino (Brasil).

Y el órgano anuente, Ministerio De Agricultura de Brasil, exigirá el acompañamiento de ingeniero acreditado en CREA, en el acto de la incineración y posterior documento emitido por el responsable.

Gustavo Segre
gustavo@centergroup.net
Analista del Mercosur
Info@centergroup.net

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