XXXI Reunión de la Comisión de Hidrovía Paraguay/ Paraná

En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, los días 26 y 27 de julio de 2007, se llevó a cabo la XXXI Reunión de la Comisión del Acuerdo de la Hidrovía, con la presencia de las delegaciones de los países miembros. La reunión aprobó el Diagrama de flujo del procedimiento básico para la supervisión de embarcaciones propuesto por Argentina. La próxima reunión se realizará en Brasil en el mes de noviembre.


El Temario Tentativo, tocó una serie de puntos que fueron discutidos por Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y Bolivia, según el texto del Acta. Los principales fueron:

Condiciones de seguridad de la navegación

La Delegación de Argentina manifestó que el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná, fue firmado oportunamente bajo los principios de "libertad de navegación-tránsito e igualdad de tratamiento". En este último concepto se aprecia que se contempla la igualdad en lo referente a: tasas, tarifas, remolques, servicios portuarios, practicaje, etc., no realizando ningún tipo de discriminación por razón de la bandera.

A tal efecto, el Protocolo de Seguridad contempla un capítulo especial para el tratamiento del "Pilotaje en la Hidrovía", en el cual establece que "el Pilotaje es obligatorio en la navegación de la Hidrovía y es prestado exclusivamente por personal titulado y habilitado por las autoridades competentes de los países signatarios" y que "la titulación de los pilotos de la Hidrovía será otorgada por la autoridad competente de cualquier país signatario. Los países signatarios acuerdan establecer requisitos profesionales uniformes para acceder a dichos títulos".

Lo consignado determinó la necesidad de establecer un reglamento que se denominó "Régimen Uniforme sobre Requisitos para Ejercer el Pilotaje", donde se establece la modalidad de titulación-habilitación (Arts. 5 y 6) y posterior divulgación para que todos los países miembros tomen conocimiento de la nómina de profesionales habilitados.

Si bien el mencionado reglamento fija el marco adecuado que regularía la actividad, aún no se halla internalizado por todos los países, por lo que no resulta operativamente aplicable, planteándose la necesidad de establecer un mecanismo práctico para controlar esta actividad.

Hasta tanto el reglamento respectivo se halle operativo, se propone que las autoridades marítimas de los países signatarios, por intermedio de los organismos que regulen el servicio de practicaje y pilotaje, efectúen el intercambio de listados de pilotos habilitados para navegar los distintos tramos en el ámbito de la Hidrovía, los que se deberán mantener actualizados a medida que se produzcan altas y bajas.
La información podría ser oficializada mediante nota dirigida a punto de contacto que cada delegación establezca, el que asignará un número correlativo de registro y habilitación.

Brasil propuso que cada país internamente reglamente el conocimiento de la zona a navegar de sus aquaviarios, e informe a las autoridades marítimas de los demás países quiénes están habilitados para navegar en los distintos tramos. La Delegación de Bolivia compartió la expresión de la delegación brasileña y expresó la necesidad de realizar un trabajo conjunto que resulte en procedimientos homogéneos de aplicación en todos los países para el reconocimiento de habilitación para el practicaje en las diferentes zonas de la Hidrovía.

La Delegación de Uruguay expresó que analizarán el documento presentado por la delegación argentina, en la perspectiva más amplia de la forma de hacer efectivo el cumplimiento del Acuerdo de Transporte, mediante el cual los cinco países se han comprometido desde hace más de 15 años en un régimen general de igualdad de oportunidades para los Estados usuarios de la Hidrovía.

La Delegación del Paraguay compartió lo expresado por la delegación uruguaya y manifestó que realizará un análisis detallado de la propuesta para considerar su vinculación y pertinencia con el Reglamento de Pilotaje de la Hidrovía y con la legislación interna de su país.

Las delegaciones acordaron realizar un análisis de lo manifestado por la delegación argentina para su tratamiento en la próxima reunión de la Comisión.

Análisis de la propuesta argentina: Diagrama de flujo del procedimiento básico para la supervisión de embarcaciones

La Delegación de Brasil manifestó que, luego de una revisión del diagrama de flujo presentado por la delegación argentina, ha llegado a la conclusión que el mismo expresa, en forma gráfica, procedimientos similares a los utilizados en su país, por lo que considera que es una herramiento válida para realizar las tareas de supervisión.

La Comisión adoptó la Decisión HPP/CA/DEC Nº 86/07. Recomendar a los países el diagrama de flujo propuesto por la delegación argentina, que consta como Anexo VIII de la XXIX Reunión de la Comisión, como un instrumento que puede servir de guía para los procedimientos de supervisión de buques.

Dotación mínima de seguridad

La delegación paraguaya manifestó que su autoridad fluvio-marítima exige la dotación mínima de seguridad establecida en el Acuerdo solamente en puertos, amarraderos o navegación de emergencia en esos mismos ámbitos, ordenada por la autoridad en casos excepcionales. En los demás casos, exige la dotación de explotación de acuerdo con la legislación nacional.

La delegación argentina manifestó que con la aclaración realizada por la Delegación de Paraguay, la dotación de seguridad aprobada en ocasión de la XXVI Reunión de la Comisión, aún considerando que existen algunas diferencias cumplen con las condiciones de seguridad de la navegación. Las demás delegaciones manifestaron su conformidad con la posición de la delegación argentina.

Condiciones de matriculación de embarcaciones de la Hidrovía

La Comisión adoptó la Decisión HPP/CA/DEC Nº 87/07. Solicitar a la Secretaría de la Comisión completar la matriz sobre condiciones de matriculación de embarcaciones, con las informaciones recibidas de las delegaciones de Paraguay y Uruguay, manteniendo en agenda el tema hasta recibir el aporte de la Delegación de Bolivia, aún en estudio.


Reglamentos de la Hidrovía

a) Reglamento de Reconocimiento, Inspecciones y Certificados de Seguridad para las Embarcaciones de la Hidrovía (Listado de Inspecciones).

El presidente de la Comisión informó que el día 25 de julio de 2007, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, se realizó una Reunión del Sub-Grupo de Trabajo para el análisis de la matriz comparativa del Listado de Inspecciones, correspondiente al Reglamento de Reconocimiento, Inspecciones y Certificados de Seguridad para las Embarcaciones de la Hidrovía.

La Comisión adoptó la Decisión HPP/CA/DEC Nº 88/07. Aprobar el informe del Sub-Grupo de Trabajo sobre el análisis del Listado de Inspecciones, correspondiente al Reglamento de Reconocimiento, Inspecciones y Certificados de Seguridad para las Embarcaciones de la Hidrovía.

b) Régimen Único de Dimensiones Máximas de los Convoyes de la Hidrovía.

Las Delegaciones de Brasil y Paraguay consensuaron el siguiente texto sobre el Punto 2.2.2 Tramo desembocadura del río Apa a ciudad de Corumbá:

"Los convoyes en navegación a empuje no podrán exceder el largo máximo de 290 metros, considerado desde la proa de la primera embarcación hasta la popa de la última embarcación, y el ancho máximo de 50 metros. Mediante acuerdo entre las autoridades fluviales del Brasil y del Paraguay, se podrá autorizar dimensiones superiores, siempre que sean fundamentadas por estudios específicos realizados por entidad de competencia reconocida".

La Comisión adoptó la Decisión HPP/CA/DEC Nro. 90/07. Aprobar el texto consensuado por las Delegaciones de Brasil y Paraguay sobre el Punto 2.2.2 del Régimen Único de Dimensiones Máximas de los Convoyes, y remitirlo al Comité Intergubernamental de la Hidrovía para los efectos consiguientes.

c) Adecuación del Convenio MASPOL

El presidente de la Comisión informó que el día 25 de julio de 2007, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, se realizó una Reunión del Sub-Grupo de Trabajo para el análisis de la Adecuación del MARPOL a la Hidrovía Paraguay-Paraná.

La Delegación de Argentina, previa mención de los artículos 7 y 34 del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná y los artículos 3, 10 y 89 del Protocolo de Navegación y Seguridad, manifestó su preocupación por un eventual acaecimiento contaminante, presentando un documento al respecto y manifestando, además, que la reglamentación vigente en su país establece plazos de salida de servicio de los buques tanque de casco simple, motivo por el cual, al vencimiento de los mismos, no podrá dar un tratamiento más favorable que a los buques de su bandera.

Al respecto, solicitó a las demás delegaciones, avanzar en el análisis del tema con la celeridad posible, a efectos que los armadores tengan previsibilidad para realizar las inversiones que consideren oportunas para la renovación de las embarcaciones dedicadas al transporte de hidrocarburos.

Decisión HPP/CA/DEC Nro 91/07, Aprobar el informe del Sub-Grupo de Trabajo sobre la Adecuación del MARPOL a la Hidrovía Paraguay-Paraná, y continuar con el tratamiento del tema en la próxima reunión.

Procedimientos aduaneros

A solicitud de la Delegación de Bolivia, se constituyó un subgrupo de trabajo sobre procedimientos aduaneros. Dicha reunión contó con la participación de las Delegaciones de Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay, a efectos de analizar la Decisión 4/XXXVII del Comité Intergubernamental de la Hidrovía "Encomendar a la Comisión del Acuerdo el tratamiento de los procedimientos aduaneros a fin de compatibilizar una metodología común que contribuya a un tráfico fluido y eficiente en la Hidrovía".

Al respecto, las delegaciones coincidieron que lo solicitado por el CIH deberá ser coordinado con los delegados encargados de la redacción del proyecto de Código Aduanero del MERCOSUR, que a la fecha se está elaborando. En ese sentido, recomendó que las aduanas de los países consideren en el Proyecto de Código Aduanero del MERCOSUR, la normativa de la Hidrovía Paraguay-Paraná. En cuanto a los avances bilaterales entre aduanas, las delegaciones manifestaron que a la fecha no disponen de informes sobre el tema, por lo que realizarán las consultas pertinentes para informar en próxima reunión.

mercosurabc