El INTI verifica el riesgo tóxico de implantes e insumos biomédicos

El instituto tecnológico se convirtió recientemente en el único organismo del Estado nacional capaz de precisar, a través de un ensayo, si un nuevo producto es inocuo o, por el contrario, representa un peligro para las células humanas.


Una de las exigencias que debe cumplir todo nuevo producto médico diseñado para entrar en contacto con el cuerpo humano es garantizar que no generará daño celular. Para realizar esa comprobación, se lleva adelante un ensayo (conocido como de citotoxicidad) que desde el Estado solo brinda el INTI, y que consiste en evaluar in vitro si un producto o una sustancia que pueda llegar a liberar es tóxico para las células humanas.

La necesidad surgió a partir de una exigencia de la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que aprueba su comercialización solo si a través de ciertos ensayos se constata que no representan un peligro. Una de las normas de referencia es la ISO 10993, de evaluación biológica de dispositivos biomédicos.

¿En qué consiste el ensayo? Se utilizan y cultivan células de epitelio (tejido animal), las cuales se ponen en contacto con el producto o con extracciones de la muestra a analizar. El estudio se realiza durante 24 horas en un ambiente controlado en el que se imitan la temperatura del cuerpo y la agitación que pueden llegar a generar la sangre y otros fluidos. Posteriormente se analizan las características morfológicas de las células y se cuantifica la viabilidad de las mismas con respecto a otras que tienen un crecimiento normal.

La implementación del ensayo como parte de la oferta de servicios del INTI impulsa la coordinación del Centro de Biotecnología con otros sectores, como Mecánica, que cuenta con un área de Biomateriales —especializada en implantes médicos y odontológicos—.

El Laboratorio de Células Animales, donde se lleva adelante la evaluación, cuenta con una cabina de seguridad; una estufa de cultivo, que permite obtener un ambiente óptimo para el crecimiento de células de mamífero con temperatura controlada —entre 36 y 38 grados—; y atmósfera con dióxido de carbono que permite regular el grado de acidez —el PH— manteniéndolo cercano al de la sangre humana. También cuenta con un microscopio de contraste de fase, esencial a fin de verificar la morfología y viabilidad de las células luego de estar en contacto con las muestras. "El informe emitido puede ser presentados sin restricciones ante la ANMAT”, agrega Reidel.

Este trabajo se suma a las acciones que impulsa el INTI, institución que este año celebra su 60º aniversario, para garantizar la salud de los ciudadanos.

INTI-Comunicación - Agustín Vázquez

Oficializan programa para crear empresas de forma digital: cómo es el trámite

19-09-2017.- La medida adoptada por el Ministerio de la Producción fue publicada en el Boletín Oficial. Permitirá agilizar la conformación de firmas productivas.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 467-E/2017 publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Producción, Francisco Cabrera.

La decisión considera de vital importancia impulsar la federalización de los beneficios e institutos que prevén las políticas públicas de fomento al ecosistema emprendedor y llevar adelante la implementación de la constitución de las SAS de forma digital en todas las jurisdicciones, de acuerdo a los lineamientos dispuestos por la Ley N 27.349.

El programa de facilitación para la creación de las SAS está en el ámbito de la Secretaría de Integración Productiva de la cartera que conduce Cabrera.

El objetivo de esta iniciativa, dice la Resolución, es brindar a las provincias las herramientas, conocimientos y apoyo financiero para posibilitar la constitución digital de las SAS en sus respectivos Registros Públicos y/u otros organismos que intervengan en la implementación del Régimen dispuesto por la Ley N 27.349.

La secretaría de Integración Productiva realizará la convocatoria a las provincias interesadas en acceder al Programa creado por el artículo 1 de la presente medida y recibirá y evaluar las solicitudes presentadas.

La secretaría podrá aprobar las solicitudes teniendo en cuenta el orden en que fueron presentadas en debida forma y sujeto a la condición de que existan fondos disponibles en las partidas presupuestarias correspondientes, dice la Resolución.

Las empresas podrán inscribirse tanto si inician su actividad como si deciden cambiar su ropaje de SRL, por ejemplo, por esta figura jurídica mucho más flexible.

Cómo crear una empresa de forma digital

La tramitación de la inscripción de las SAS será realizada de manera totalmente electrónica a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Para acceder al formulario disponible en el servicio web vinculado a la plataforma TAD el responsable, representante legal o sujeto autorizado accederá con su CUIT / CUIL o CDI y su clave fiscal habilitada con nivel de seguridad de nivel 2 o superior.

En el formulario se volcará información de la sociedad en formación o transformación, de los socios que la integrarán, la adhesión al domicilio electrónico y la designación de un Administrador de Relaciones (AR).

Cuando verifique la información, la IGJ remitirá la solicitud en forma on line a la AFIP, para su verificación y asignación de un CUIT a la sociedad, trámite que no deberá extenderse más de 24 horas.

En el caso de las sociedades que se constituyan con el instrumento modelo aprobado por la reglamentación de la IGJ a la ley de creación de las SAS, la solicitud se efectuará de manera automática por el Sistema de Gestión Documental Electrónica, concluyó Rodríguez.

La SAS puede ser constituida por una o más personas físicas o jurídicas, por instrumento público o privado y por medios digitales.

El capital mínimo de la constitución es dos veces el salario mínimo vital y móvil. Se dividirá en cuotapartes, representadas en acciones. Se podrán aportar prestaciones de servicios. En este caso, deberá preverse un mecanismo alternativo de integración para el caso de imposible el cumplimiento.

Al igual que en la SRL, los socios garantizan solidaria e ilimitadamente a los terceros la integración de los aportes. Establece que los aportes irrevocables podrán mantenerse como tales por 24 meses contados desde la fecha de su aceptación.

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